Elaplazamiento y el fraccionamiento de la deudas tributarias debe reflejarse en la contabilidad de la empresa, pudiendo adem谩s precisar del establecimiento de
Seanaliza la aplicabilidad de la sanci贸n tributaria por infracci贸n contenida en el art铆culo 203 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (en adelante LGT), que a juicio del TEAR requiere una intencionalidad espec铆fica que dif铆cilmente pueda darse en quien no conoce realmente la existencia de las actuaciones (el requerimiento notificado seg煤n la

Ejemplo El sujeto X olvid贸 presentar su declaraci贸n de IRPF en 2012, ingresando 1.000 euros, cuando en realidad debi贸 ingresar 2.000 euros.. La inspecci贸n le requiere los otros 1.000 euros, que constituyen la base de la sanci贸n. Dicha infracci贸n ser谩 leve debido a que no se ha producido ni ocultaci贸n de datos ni medio fraudulentos, y el

Elimporte de la sanci贸n o recargo contabilizado, deber谩 recogerse en la casilla 1815 del Modelo 200 del ejercicio correspondiente, salvo que se trate de un incumplimiento de Portanto, si la base de la sanci贸n era de 98.669,25 euros y la cuota diferencial de 101.480,28 euros, el porcentaje es del 97,2%. Al superar as铆 el 75%, increment贸 la multa en un 25%. Encualquier caso, deber铆a usted crear subcuentas de detalle de la partida (678) para reflejar contablemente dichas multas y sanciones. El registro contable podr铆a ser de la forma: (6785) Multas de tr谩fico. A (4785) DGT, acreedor por multas. Por el importe de la multas pendientes de pago. (4785) a (572)
LaSociedad RCRCR recibe de la Administraci贸n tributaria un acta de liquidaci贸n por distintos conceptos tributarios donde se establece una deuda tributaria de 5.000 euros. La deuda habr谩 de se pagada en el plazo de 2 a帽os. La sanci贸n incorporada es de 1.500 euros. El indice de actualizaci贸n es del 4%. El tipo de inter茅s de demora es del 6%.
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